¿Somos dueños de nuestra propia vida?
¿Podemos afirmar que somos dueños de nuestra propia vida si no tenemos el derecho a elegir cuándo y cómo poner fin a ésta de una forma digna? Desde Madrid, el grupo de Hardcore Habeas Corpus lleva 12 años preguntándose «¿Hasta cuándo seguir esperando? / ¿Hasta cuándo tendré que aguantarlo?».
¿Somos dueños de nuestra propia vida? En principio puede parecer una pregunta absurda y de fácil respuesta a la que todos tenderíamos a contestar sí, sin pensárnoslo dos veces, pero si consideramos que nuestra vida engloba nuestra muerte y el derecho a decidir cuándo y de qué manera queremos morir, la respuesta puede variar sustancialmente.
En España, a día de hoy, tanto la eutanasia como el suicidio asistido siguen estando penados por la ley. Así pues, la ley castiga con carácter general la conducta de auxiliar a otro a quitarse la vida con actos imprescindibles a tal fin, ejecutar la muerte de quien no desea seguir viviendo y la cooperación necesaria a un suicidio «eutanásico» (petición expresa por sufrimiento), con una sanción que oscilaría entre los seis meses y los dos años (suicidio) o un año y seis meses a seis años (eutanasia), respectivamente. Como novedad a esta ley de 1995 las conductas de mera cooperación no necesaria o complicidad en el suicidio de otro son impunes, con independencia de si concurre o no el contexto eutanásico (anteriormente se sancionaba cualquier tipo de colaboración). Por lo que podemos deducir que en España la única vía que una persona tiene para poner fin a su vida de forma legal es el suicidio, siempre y cuando se posean las facultades físicas y mentales necesarias para llevarlo a cabo, situación que no suele cumplirse en la mayoría de las personas que quieren llevar a cabo tal decisión.
«En España la única vía que una persona tiene para poner fin a su vida de forma legal es el suicidio, siempre y cuando se posean las facultades físicas y mentales necesarias para llevarlo a cabo».
Antes de sacar una conclusión acerca del problema que se nos plantea, puede ser interesante echar un vistazo a nuestro alrededor y ver en qué punto, con respecto a este problema, se encuentran otros países:
-Países Bajos: Al hablar de eutanasia es imprescindible mirar hacia los Países Bajos, un país que lleva más de treinta años debatiendo públicamente sobre la muerte digna, en un proceso largo, muy rico y complejo del que tenemos mucho que aprender. Tras varias décadas de debate en 2001 se aprobó la Ley de comprobación de la terminación de la vida a petición propia y del auxilio al suicidio (siempre por un médico), en vigor desde el 1 de abril de 2002, que establece los requisitos que hacen impune la eutanasia, que sigue prohibida en el Código Penal:
1.- Que la persona objeto de la eutanasia o auxilio al suicidio sea residente en los Países Bajos.
2.- Que el médico esté convencido de que la petición es voluntaria, está bien meditada y expresa los deseos del enfermo, o sea, que es plenamente capaz y se ha reiterado en su voluntad. Ésta puede haber sido manifestada en un documento de voluntades anticipadas.
3.- Que se constate un padecimiento insoportable y sin esperanzas de mejora.
4.- Que se haya informado al paciente de su situación y de las perspectivas de futuro.
5.- Que se haya consultado a otro facultativo y que éste haya corroborado el cumplimiento de los requisitos. En caso de sufrimiento psicológico se tienen que consultar dos médicos. Los médicos consultores tienen que ver al enfermo y elaborar un informe por escrito sobre la situación.
6.- Que la realización de la eutanasia o auxilio al suicidio se haga con el máximo cuidado y profesionalidad.
-Bélgica: En mayo de 2002 Bélgica aprobó una ley que despenalizó la eutanasia. A diferencia de los Países Bajos, la ley belga no menciona el suicidio asistido que se considera una práctica eutanásica.
-Luxemburgo: En febrero de 2008 Luxemburgo se convirtió en el tercer país del mundo en despenalizar la eutanasia, aprobando la ley sobre el derecho a una muerte digna. La experiencia previa de los Países Bajos y Bélgica, países pertenecientes a la unión fronteriza Benelux, demostraba que no hay riesgo de abuso en una legislación similar a la de Bélgica.
-Suiza: En Suiza la eutanasia es delito, pero no el auxilio al suicidio, con la peculiaridad de que no tiene que contar con la asistencia del médico, necesario únicamente para la prescripción del fármaco letal, quedando en manos de organizaciones no gubernamentales. El requisito ineludible del auxilio al suicidio en Suiza es que detrás de la actuación de quien ayuda no haya ninguna motivación egoísta ni de tipo personal o económico. Si esto se llegase a acreditar, el responsable sería perseguido penalmente.
-EEUU: En 1994 se aprobó por referéndum, con el 51% de los votos, la Oregon Death with Dignity Act (ODDA), que legalizaba el suicidio asistido. En 1995 fue declarada inconstitucional, pero el año 1997 se aprobó nuevamente, esta vez con el 60% de votos.
En 2008 en Washington, el electorado votó a favor de la Iniciativa 1000 para legalizar el suicidio asistido en el Estado aprobando la Washington Death with Dignity Act.
El 5 de diciembre de 2008 un Juez del Estado de Montana, a propósito de una demanda de un enfermo terminal apoyado por una asociación pro-muerte digna, dictaminó que los enfermos terminales tienen el derecho a la libre administración de dosis letales de medicamentos recetados por un médico, sin que pueda haber sanción legal contra los profesionales.
«¿Quién puede obligarte a tomar una decisión en contra de tu propia voluntad para que sigas padeciendo un sufrimiento que ya no quieres soportar más?»
Tras citar los casos anteriores podemos volver a replantearnos la pregunta inicial, si no somos libres de elegir en qué momento y como queremos que acabe nuestra vida ¿somos dueños de nuestra propia vida? En mi opinión la respuesta es no ¿quién, si no uno mismo, puede tener el derecho y la capacidad de decidir que no quiere continuar con la vida que le espera? ¿Quién puede obligarte a tomar una decisión en contra de tu propia voluntad para que sigas padeciendo un sufrimiento que ya no quieres soportar más?
Y por otro lado nos surge la pregunta de que si un médico colabora de alguna forma en la muerte voluntaria de un paciente, ¿no entra esto en conflicto con los nobles valores en que se basa la práctica de su profesión? Y para mí, como estudiante de 6º curso de Medicina, la respuesta vuelve a ser no. La máxima de un médico es curar cuando puede, aliviar en la medida de lo posible y dar consuelo siempre; por eso si alguien padece un sufrimiento psíquico o somático tan intenso que no le deja continuar con su vida, el médico que auxilie a esa persona a poner fin a su sufrimiento acabando con su vida, si este es el único deseo del paciente, no estará haciendo más que aliviar en la medida de lo posible a dicho paciente puesto que no existe cura para eliminar ese sufrimiento físico o mental.
Mientras escribía estas líneas tenía constantemente sonando en mi cabeza la canción Enterrado en vida (http://www.youtube.com/watch?v=NUw-KOFHFYo) de los madrileños y siempre críticos Habeas Corpus. Recuerdo que fue hace muchos años cuando descubrí esta canción y que me impactó por la dureza y contundencia de su letra: «Estoy obligado a vivir / a tener que aprender a vivir enterrado en vida / pero me ahoga mi vida, me ahoga esta vida. / Exijo el derecho a acabar con mi vida». Hoy, sin embargo, lo que más me impacta y me parece absolutamente lamentable es que 12 años después de que esta canción fuera escrita, el mensaje que contiene siga teniendo el mismo sentido y el mismo valor porque nada ha cambiado, con respecto a este tema, desde entonces. «¿Hasta cuándo seguir esperando? / ¿Hasta cuándo tendré que aguantarlo?».
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Pies de foto:
[Imagen principal] Inma Lorente (2014) ¿Somos dueños de nuestra propia vida?
Bibliografía:
Derecho a Morir Dignamente. Eutanasia y suicidio asistido en el mundo, en Eutanasia. Recuperado el 18 de febrero de 2014, desde: http://www.eutanasia.ws/eutanasia_mundo.html