Suplicando el voto
POLÍTICA

Suplicando el voto

    En el año electoral más convulso de los últimos hasta la fecha, los ciudadanos españoles que residen en el extranjero se plantean cómo ejercer su derecho a voto en las diferentes convocatorias electorales de este 2015. ¿Inscribirse en el censo como residente temporal o como residente ausente?, ¿votar por correo o en la embajada?, ¿qué documentación presentar?... Estas dudas se agudizan ante la escasa información que ofrecen las fuentes oficiales del Estado sobre los plazos y requisitos que se deben cumplir y convierten el hecho de votar en una auténtica pista americana donde la mayoría de los ciudadanos quedan atascados antes de poder ejercer su derecho fundamental.


    Nuestra carta magna recoge en el artículo 23.1 «el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal». Por otra parte, el artículo 68.5 matiza que «la ley reconocerá y el Estado facilitará el ejercicio del derecho de sufragio a los españoles que se encuentren fuera del territorio de España». Sin embargo, los ciudadanos que residen fuera de nuestro país encuentran cada vez más obstáculos a la hora de ejercer este derecho con las mismas garantías que la del resto de sus compatriotas.

 

    El principal causante de la odisea administrativa a la que tienen que enfrentarse miles de españoles en el extranjero atiende a la introducción del «voto rogado» (artículo 75 de la LOREG). Este requisito —incluido por el PP y el PSOE con el apoyo de CIU y BNG en la última reforma de la Ley Electoral (LOREG) aprobada en diciembre de 2010—, exige realizar una solicitud administrativa para poder ejercer el derecho a voto en cada una de las convocatorias electorales. Este ruego debe realizarse por escrito y por vía postal a las Oficinas del Censo Electoral (OCE) en España. Antes de esta reforma, las OCE enviaban directamente las papeletas desde España al ciudadano inscrito en los consulados y este votaba presencialmente o por correo. Así que no es de extrañar, y disculpad por el recurso novelesco, que antes de que Odiseo llegue a Ítaca, decida quedarse con Nausica.

 

    Para empezar, atendamos al poder del Verbo: voto rogado... ¿debe rogarse un derecho fundamental amparado por la constitución? Manuel Arias Maldonado, profesor de Ciencia Política en la Universidad de Málaga señala que «el ejercicio de un derecho fundamental puede someterse a ciertas condiciones o restricciones, como sucede de facto con el derecho a la libre circulación o a la libre expresión. Otra cosa es que podamos considerar acertado o no el voto rogado, en sí mismo».

 

    Las trabas con las que se encuentran los emigrantes españoles debido a la inclusión de este «ruego» parecen evidentes cuando consultamos las pobres cifras de participación que se han dado en las últimas elecciones. Según datos del INE, en las elecciones generales de 2011, 164.943 personas inscritas en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) rogaron el voto, siendo aceptados 138.037, de los cuales menos de la mitad (73.359) consiguieron llegar a las Juntas Electorales Provinciales, alcanzándose en los inscritos en el CERA una abstención del 95%. Si lo comparamos con los datos de las elecciones generales de 2008 (cuando no se empleaba este método de ruego) las diferencias son considerables. En 2008 votaron 384.154, es decir, un 32% del electorado inscrito en el CERA, frente al 5% del año 2011. Por otro lado, en las elecciones europeas celebradas en mayo del año pasado, votaron menos del 2% frente al 14% de 2009.


        «Los ciudadanos que residen fuera de nuestro país encuentran cada vez más obstáculos a la hora de ejercer este derecho con las mismas garantías que la del resto de sus compatriotas».


 

    La pérdida del número de votos se debe a que ese «ruego» no asegura que el ciudadano reciba las papeletas en el plazo fijado. Pablo fue uno de los muchos españoles que no pudieron votar en las pasadas elecciones al Parlamento Europeo. Después de acudir a la embajada española en Dublín, inscribirse como residente temporal y rogar el voto, recibió las papeletas al día siguiente de culminarse el plazo para poder enviar el voto por correo.

 

    Las elevadas cifras de abstención sin dudan contrastan con el creciente número de españoles censados en el extranjero, cifra que no ha parado de incrementarse en los últimos años y que ya alcanza 1,8 millones de emigrantes españoles inscritos en el CERA (dato del INE, enero de 2015), sin tener en cuenta al número de españoles que no llegan a registrarse como residentes fuera de España [consulta artículo «Voler»]. Por otra parte, esta reforma del Régimen electoral general no solo ha incluido esta modificación, también eliminó el derecho a voto en las elecciones municipales para aquellos que residen de forma permanente en el exterior.

 

    Para aclararnos, el procedimiento a seguir es diferente en función de si la persona reside en el extranjero de forma temporal o de forma permanente o ausente.

 

    En el caso de ser residente temporal se necesita acudir personalmente a la oficina consular más cercana. Allí el interesado debe acreditar su identidad con el Pasaporte o DNI y rellenar dos documentos; uno con el que realizará la inscripción en el censo de Residentes Temporales (ERTA), para el que te exigen una fotografía en papel (como en los mejores años de Cuéntame) y un impreso en el que se solicita el voto. Una vez realizado este «ruego», la Oficina del Censo Electoral (OCE) envía las papeletas al domicilio en el extranjero y una vez recibidas debe enviarse el sobre con la papeleta por correo certificado a la mesa electoral de la circunscripción en la que se vote en España. Esta inscripción es válida durante un año y no implica la baja en el padrón, además de que permite votar en todas las elecciones incluidas las municipales.

 

    Por otro lado, para aquellos que residen de forma permanente deben inscribirse en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA). La inscripción debe ser presencial o a distancia dependiendo del consulado. Esta inscripción tiene una duración ilimitada, sin embargo implica la baja en el padrón lo que supone la renuncia a ciertos derechos como el de asistencia sanitaria a través de la Seguridad Social y la imposibilidad de votar en las elecciones municipales. En cuanto al ruego de voto, éste se puede realizar a distancia (no es necesario acudir al consulado o embajada) y el voto se puede realizar por correo al consulado o en una urna en el consulado el día de las elecciones.

 

    Los primeros en experimentar estos obstáculos en el camino al sufragio han sido los andaluces residentes en el exterior. Las elecciones autonómicas del próximo 22 de marzo fueron convocadas por Susana Díaz el pasado 26 de enero, sin embargo aquellos residentes permanentes que no estuvieran inscritos en el CERA antes del 31 de diciembre de 2014 no podrán votar al emplearse el censo vigente del 1 de noviembre. De no haberse producido tal adelanto el censo debería haberse cerrado el 31 de diciembre, ya que la ley electoral establece que se cerrará el último día del mes siguiente a la convocatoria de elecciones. Resulta curioso (por no utilizar otro término), pero este plazo fue cerrado sin comunicación oficial más de un mes antes de que se produjera el adelanto de los comicios y casi seis meses antes del resto de elecciones autonómicas.

 

    Marea Granate denunció el pasado mes que a muchos andaluces a los que les ha sido imposible inscribirse en el CERA antes del 1 de noviembre, tampoco se les ha permitido registrarse como residente temporal en el registro ERTA. Asimismo, solo se concedió una semana, del 2 al 9 de febrero para poder hacer una reclamación presencial en el consulado y poder registrarse en el ERTA. Marea Granate señala además, que muchos consulados españoles «están exigiendo como requisito para la inscripción como residente temporal el certificado de empadronamiento en una ciudad alemana, lo cual contradice de nuevo la ley española, ya que los residentes temporales pueden ser ciudadanos que se encuentran de paso en Alemania o que simplemente están de vacaciones en el país».


        «Les pregunté cómo era posible que se cerraran un censo para unas elecciones casi 3 meses antes de que fueran convocadas, y me dijeron "que así estaban las cosas”».


 

    Pedro y Eduardo son dos de los muchos andaluces en el exterior que se quedarán sin poder votar en las próximas elecciones autonómicas. Pedro es malagueño, pero vive en Ludwigsburg, un pueblo situado muy cerca de Stuttgart. Tras acudir al consulado español de Stuttgart para poder inscribirse como residente temporal y poder votar en las elecciones andaluzas, le informaron de que no podía hacerlo al llevar empadronado un año y nueve meses en la ciudad alemana. La única opción para poder votar era estar inscrito en el CERA, algo imposible para ese entonces ya que el plazo había expirado el 1 de noviembre de 2014.

 

    «Les dije que no sabía de ese requisito para poder inscribirme como temporal, y me quejé de no haber podido ir antes, ya que el horario del consulado es muy limitado, sólo abre de lunes a viernes, de 8:30 a 14:00. Ningún día por la tarde y ningún sábado. Para colmo el consulado está en las afueras de Stuttgart, muy mal comunicado. Eso significa que para inscribirse hay que perder un día entero (laboral) para ir personalmente».

 

    Según cuenta Pedro, en el consulado le aseguraron que habían abierto un par de sábados para realizar esos trámites, sin embargo, él asegura que no vio ese horario especial publicado en la web del consulado.

 

    «Estoy muy indignado ya que encima que hemos tenido que emigrar, nos ponen todo tipo de trabas para quitarnos el derecho de votar. Evidentemente en el gobierno saben que la gran mayoría de los expatriados no vamos a votar a los dos partidos que hasta ahora se han repartido el poder».

 

    Por su parte, Eduardo se registró en la embajada de Londres como residente permanente a principios de año. Después de recibir una carta en la que se le notificaba su registro en el CERA, el mismo día en el que se convocaron las elecciones andaluzas, Eduardo envió toda la documentación por correo a la delegación provincial del censo electoral en su provincia (Córdoba). Casi tres semanas después, el lunes 16 de febrero, le comunicaron que su solicitud había sido rechazada. Tras llamar por teléfono para conocer el porqué de tal rechazo, le contestaron que no aparecía en el CERA y que el censo se cerró el 30 de octubre de 2014.

 

    «Les pregunté cómo era posible que se cerraran un censo para unas elecciones casi 3 meses antes de que fueran convocadas, y me dijeron "que así estaban las cosas”».

 

    Eduardo tampoco ha podido reclamar ya que el plazo para tales reclamaciones finalizaba el 9 de febrero, una semana antes de que le comunicaran el rechazo del voto.

 

    «Le transmití que a mí me comunicaron la denegación del voto el día 16, por lo que no sabía que no aparecía en el censo electoral. Su respuesta fue que lo sentían, pero que ellos ya no podían hacer nada y que la única opción que tengo de ejercer mi derecho a voto es hacerlo en persona en mi ciudad de origen, Córdoba, algo que obviamente no podré hacer».

 

    A estos ajustados plazos en los que se debe realizar la solicitud de «ruego» (25 días desde que se convocan las elecciones), o incluso imposibles en el caso de las elecciones andaluzas, se suman el coste de enviar el voto por correo y los desplazamientos oportunos (en el caso de necesitar presentar el «ruego» presencialmente en el consulado).


        «Empiezan a plantearse si comprar un vuelo para votar en la próximas generales y evitar tantas complicaciones».


 

    Cuando nos desplazamos hasta la embajada española en Dublín para poder ejercer nuestro derecho a voto en las elecciones andaluzas aprovechamos para preguntar si existe alguna ayuda para los gastos que implican el desplazamiento hasta allí. Nos dicen que no hay ninguna partida contemplada para cubrirlos. «Es como si fueras a votar a España y cogieras un autobús», nos responde la funcionaria encargada de atendernos. Pero no creemos que sea lo mismo que votar en el colegio más cercano a tu residencia, que suele estar a unos cientos de metros. Respecto al envío certificado nos aseguran que sí será reembolsado en un plazo de unos tres a cuatro meses. No obstante, esta afirmación nos resulta poco creíble cuando hablamos con ciudadanos como Raquel, que casi nueve meses después de votar en las elecciones europeas del pasado año, todavía espera que le hagan dicho reembolso.

 

    A todas estas trabas, se añade la incompetencia de los organismos que deberían guiar este proceso, los cuales se han mostrado incapaces de aportar información útil y clara en los tiempos oportunos. Esta escasez de información ha sido contrarrestada por el trabajo elaborado por el movimiento transnacional Marea Granate —constituido por españoles que han tenido que emigrar debido a la crisis económica—, que ha informado detalladamente de los procedimientos a seguir en las últimas convocatorias electorales a través de su página web y sus perfiles en Facebook y Twitter. También han elaborado una newsletter específica mediante la que informarán sobre los

plazos para votar desde el extranjero en este 2015.

 

    A mediados de febrero acudimos a un evento informativo de Marea Granate en Dublín, allí se repartieron folletos y se explicaron los métodos a seguir para poder votar desde el exterior. Muchos españoles que pasaban por O’Connell Street se acercaban al stand informativo asegurando estar bastante desinformados sobre los procedimientos a seguir para poder votar en las próximas elecciones. Algunos de los asistentes como Cecilia —que se quedó sin votar en las pasadas elecciones europeas— nos comenta que incluso empiezan a plantearse si comprar un vuelo para votar en la próximas generales y evitar tantas complicaciones. «Quiero que mi voto no se pierda».

 

¿Por qué el «voto rogado»?

 

    Sin duda alguna, el ruego de voto y los ajustados plazos han disuadido a muchos ciudadanos residentes en el exterior de ejercer su voto y cuestionan directamente su pretensión real. La espectacular caída de la participación electoral pareció corregir la posición del PSOE respecto al empleo del «voto rogado». Junto con IU y UPyD pidieron derogar la reforma en octubre de 2013, sin embargo el PP se opuso al considerar que no existía otra alternativa mejor por el momento.

 

    Según sus defensores, el «voto rogado» es una medida garantista que intenta reducir el fraude electoral y las irregularidades en el voto exterior. Sin embargo, para sus numerosos detractores esta opinión se contrapone con el escaso esfuerzo mostrado por reducir otras irregularidades existentes así como por el efecto deslegitimador que produce una medida que en contra de aumentar el sufragio, lo reduce drásticamente silenciando a un importante número de ciudadanos de un derecho fundamental.


        «El voto rogado es una medida garantista que intenta reducir el fraude electoral y las irregularidades en el voto exterior».


 

    Los artífices de esta reforma, tanto PP como PSOE llevan desde 2013 hablando de una contrarreforma que nunca llega. La dejadez informativa y el desánimo de encontrar alternativas que faciliten este proceso para el creciente número de españoles en el exterior hace inevitable pensar en que el miedo al voto de castigo que puede ejercer una gran mayoría de los españoles que han tenido que emigrar como consecuencia de la crisis económica puede tener gran culpa de tal apatía.

 

¿Las soluciones?

 

    Desde colectivos ciudadanos y partidos políticos críticos con esta reforma, proponen la derogación inmediata del «voto rogado» así como la simplificación del proceso de votación con plazos más amplios o el uso del voto directo en las embajadas o la opción del voto telemático para los residentes en el extranjero.

 

    Otra medida de la que se ha hablado mucho es de la creación de una circunscripción electoral en el exterior, algo que no sería muy descabellado con más de 1,8 millones de españoles censados fuera de nuestro país (lo que superaría a la población de Barcelona). Países como Italia o Francia emplean este método para conseguir una representación más proporcional de sus emigrantes. Para ello sería necesario modificar la Constitución, pero como parece que para algunas cosas está escrita en la piedra Rosetta y para otras, es un cuadernillo Rubio, esto resulta algo improbable por el momento.

 

    «En la medida en que los escaños de ella resultantes no "representen" los intereses de los residentes en el extranjero, sino que sólo evitan la asignación de esos votos a las circunscripciones de origen, me parece una opción muy aceptable. Entre otras cosas, permitiría 'visualizar' las preferencias electorales de los españoles residentes en el extranjero, quienes, a fin de cuentas, viven en circunstancias particulares y muy distintas de las del resto de sus compatriotas», señala el profesor Manuel Arias Maldonado sobre la posible creación de una circunscripción exterior.


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Pies de foto:


    [Imagen principal] Xavier Mula. Voto rogado, voto robado. (2015).


Referencias:


    Constitución Española.

 

    Instituto Nacional de Estadística (INE). Población empadronada en Barcelona a 1 de enero de 2014.

http://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=2911

 

    Ley Orgánica 2/2011, de 28 de enero, por la que se modifica la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2011-1639

 

    Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-11672

 

    Ministerio de Asuntos Exteriores y de Cooperación. Elecciones al Parlamento de Andalucía 2015. http://www.exteriores.gob.es/Consulados/HAMBURGO/es/ServiciosConsulares/electorale s/Paginas/EleccionesAndalucia2015.aspx

 

    Marea Granate. (20 de noviembre de 2014). 2015, AÑO ELECTORAL: ¿SABES YA CÓMO VOTAR DESDE EL EXTERIOR? Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde: http://mareagranate.org/?p=2088

 

    Marea Granate. (1 de diciembre de 2014). INSCRIBIRSE A DISTANCIA EN EL CONSULADO: Alternativas para quienes no puedan desplazarse. Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde: http://mareagranate.org/?p=2136

 

    Marea Granate. (27 de enero de 2015). ¿Cómo votar en las elecciones al Parlamento de Andalucía desde el extranjero? Recupero el 18 de febrero de 2015, desde: http://mareagranate.org/?p=2300

 

    Marea Granate. (18 de febrero de 2015). Los consulados en Alemania dificultan la inscripción de los emigrantes andaluces en el censo electoral. Lamarea.com. Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde: http://www.lamarea.com/2015/02/18/los-consulados-en-alemania-dificultan-la- inscripcion-de-los-emigrantes-andaluces-en-el-censo-electoral/

 

    Moraga, C. (13 de octubre de 2013). PP y PSOE buscan una ‘contrarreforma’ de la ley electoral para recuperar el voto emigrante. Eldiario.es. Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde: http://www.eldiario.es/politica/PP-PSOE-contrareforma-emigrante- espanoles_0_185131616.html

 

    EUROPA PRESS. (23 de octubre de 2013). El PP rechaza eliminar el requisito del voto rogado para emigrantes mientras no haya otra alternativa. EUROPA PRESS. Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde:

http://www.europapress.es/nacional/noticia-pp-rechaza-eliminar-requisito-voto-rogado- emigrantes-mientras-no-haya-otra-alternativa-20131023202132.html

 

    Gómez, G. (5 de junio de 2014). El voto rogado/robado. Eldiario.es. Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde: http://www.eldiario.es/clm/palabras-clave/voto-rogadorobado_6_267783249.html

 

    Juventud sin Futuro. (25 de diciembre de 2014). Censos que cierran sin previo aviso: el enésimo pucherazo electoral del voto exterior. Eldiario.es. Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde: http://www.eldiario.es/desde-todas-partes/Censos-enesimo-pucherazo-electoral- exterior_6_338126203.html


    Ramírez, P. (3 de febrero de 2015r). Emigrantes españoles sin voto. El Mundo. Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde:

http://www.elmundo.es/espana/2015/02/03/54cfd8a8e2704ed42d8b4583.html

 

    Moraga, C. (8 de febrero de 2015). PP y PSOE temen un nuevo descenso de participación en las andaluzas de los residentes en el extranjero. Eldiario.es. Recuperado el 18 de febrero de 2015, desde: http://www.eldiario.es/politica/Residentes_espanoles_en_el_extranjero-CERA- elecciones_andaluzas-PP-PSOE_0_353815141.html

 

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Comentarios
[31 jul 2015 15:16] Lois escribió:
El BNG no apoyo el voto rogado, fue el PNV.